El abogado general de la UE, el Sr. Niilo Jääskinen, ha emitido sus conclusiones en torno a una demanda sobre “incentivos económicos a las consultas médicas que prescriben ciertos medicamentos a sus pacientes”, planteada por la Farmaindustria británica contra la Agencia del Medicamento del Reino Unido.
El informe del abogado general de la UE (equivalente a las conclusiones de un juez de instrucción en España), propone al Tribunal de Justicia europeo que responda a la High Court de la siguiente manera:
«El artículo 94, apartado 1, de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano, prohíbe que un organismo público que forma parte de un sistema nacional de seguridad social establezca, con el objetivo de reducir su gasto total en medicamentos, un sistema que ofrece incentivos económicos a las prácticas médicas (que pueden proporcionar, a su vez, un beneficio económico al médico que realiza la prescripción) consistentes en prescribir un medicamento designado específico promocionado por el sistema de incentivos, que sea:
a) o bien un medicamento prescrito distinto del que anteriormente había prescrito el médico al paciente; o bien
b) un medicamento prescrito distinto del que se le habría prescrito al paciente de no existir el sistema de incentivos;
cuando dicho medicamento prescrito pertenezca a la misma clase terapéutica de medicamentos utilizada para tratar la afección particular del paciente.»
En la mecánica de funcionamiento del Tribunal Superior de Justicia Europeo, en un 80 por ciento de los casos las conclusiones del abogado general son coincidentes con la sentencia que se dictará aproximadamente en un plazo de tres meses.
Fuente: Tribunal Superior de Justicia Europeo (TSJE), febrero de 2010
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