El Sindicato Médico de Galicia (SIMEGA), adscrito a la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos, (CESM) ha logrado el abono del prorrateo de las guardias no
realizadas durante el periodo de lactancia concedido a un facultativo del Área Sanitaria de Pontevedra-O Salnés.
El Juzgado Nº2 de lo Contencioso Administrativo de Pontevedra ha anulado la Resolución de la Dirección de Recursos Humanos del SERGAS, por la que se negaba el reconocimiento de esas guardias, y ha condenado a la Administración a abonar al demandante las guardias correspondientes a los 41 días que disfrutó el permiso de 150 horas por lactancia, entre los días 16 de enero y 10 de febrero de 2023, ambos incluidos.
El Gabinete Jurídico del Sindicato Médico basó la defensa de este profesional en dos líneas argumentales: por una parte, en la Resolución de la Gerencia del Área Sanitaria de Pontevedra del 30 de diciembre de 2022, en virtud de la cual se reconocía un crédito horario por lactancia de hijo menor de 12 meses, por un total de 150 horas; y por otra, en la jurisprudencia actual que recogen sentencias de los TSJ de Galicia y de Aragón, y el propio Tribunal Supremo, que permiten reconocer el prorrateo de guardias reclamado en casos como este.
El letrado argumentó, por último, que el recurso del facultativo debía ser estimado porque de lo contrario se le estaría privando de un complemento retributivo, como el de las guardias, por el hecho de estar disfrutando de un permiso de lactancia reconocido por la Administración, cuando además el concepto de guardias se integra en sus retribuciones mensuales, siendo una parte muy importante del sueldo, y resultando estas guardias obligatorias y programadas.