A instancias del sindicato médico, que había interpuesto una demanda en tal sentido, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado tres artículos de la normativa foral que regulaban el nombramiento por libre designación de determinadas jefaturas de direcciones del Servicio Navarro de Salud (SNS), así como la posibilidad de que cualquier profesional sanitario pudiera ser nombrado director de Atención Primaria.
Una de las cuestiones litigiosas estribaba en determinar si esas funciones son cuestiones relativas a la «gestión» y, por ende, las puede realizar cualquier profesional sanitario o, por el contrario, esas labores de inspección, evaluación, acreditación y planificación exigen contar con unos conocimientos científicos y técnicos adecuados y, por tanto, una titulación en Medicina.
FUENTES: eldiario.es