El Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (CESM-CV) ha presentado un RECURSO DE ALZADA de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, contra la Resolución de 25 de enero (sólo dos días antes del examen) en la que se modificaba la composición del Tribunal de Anestesiología y Reanimación como resultado, al parecer, de la dimisión de su Presidente Dr. Armando Maruenda Paulino. En dicha resolución se producen graves irregularidades: no se sigue el orden preestablecido designando al suplente, Dr.Francisco José Martí Canoves, que es lo que hubiera correspondido de mantenerse el mismo Tribunal y estar a las previsiones normativas habituales, sino que se nombra un nuevo Presidente (Dra. Pilar Santos Fuster) manteniendo al suplente sin modificación alguna. Eso constituye, aún no presentándose como tal, la constitución de un nuevo tribunal, ignorando la normativa que establece que éste debe encontrarse habilitado como mínimo un mes antes de las pruebas. Y sin motivación alguna que despeje las incertidumbres creadas o contribuya a comprender lo que está ocurriendo.
Entendemos que la Dirección de Recursos Humanos comete una evidente ilegalidad en el nombramiento de un tercero ajeno al proceso, en lugar de acudir al orden preestablecido nombrando al suplente expresamente designado para ello. El Decreto 7/2003 de 28 de enero, norma de aplicación en la presente convocatoria recogió expresamente en su artículo 6 la necesidad de nombrar a suplentes. Esta situación irregular ha supuesto que el examen del concurso oposición haya sido puesto en cuestión por numerosos aspirantes, constándonos en este momento que un 34% de las preguntas han sido impugnadas. Y ello resulta lógico, si bien inaceptable, por cuanto sólo se ha dispuesto de 48 horas (lo normal es un mes) para elaborar un nuevo ejercicio completo, con lo que ello conlleva de inexactitudes, preguntas inconcretas, redacciones confusas, etc. Más grave sería haber mantenido el mismo ejercicio si uno de sus conocedores acababa de dimitir del Tribunal examinador. En todo caso, este solo detalle bastaría para descalificar la prueba efectuada y optar por su repetición.
Estos hechos se producen tras insistentes rumores acerca de presuntas filtraciones de las preguntas del examen y en el marco, antedicho, de la dimisión del Presidente del Tribunal. No negamos que en dicha situación pudieran existir elementos de alarma que hicieran aconsejable la adopción de medidas cautelares para evitar interferencias potenciales con la custodia y secreto del ejercicio propuesto. Pero no podemos aceptar que ello se llevase a cabo sin dar la más mínima explicación ni justificar una aplicación irregular de la norma. Según nuestro criterio sólo cabían dos actuaciones correctas:
1ª En el caso de que la dimisión del Dr. Maruenda se hubiera denido a causas personales, como la propia resolución señala, resultaba preceptivo el nombramiento de su suplente pues para esa función existe tal figura. Obviamente no haberlo hecho así supone un desprecio a la propia naturaleza de los órganos colegiados de selección de personal.
2ª Pero en el caso de que todo se debiera a la sospecha de una filtración de las preguntas del examen, hipótesis no probada pero nada inversosímil, si podría tener cabida una modificación completa del tribunal para garantizar la limpieza del proceso selectivo, previa motivación plausible y establecimiento de un nuevo plazo de un mes con retraso del ejercicio previsto para el día 27.
No se nos escapa, como sindicato profesional, que se están dando novedades importantes en la forma de plantear las oposiciones de personal facultativo. El hecho de que todas las preguntas sean tipo TEST con corrección automatizada por empresa externa, como CESM-CV ha logrado en la negociación colectiva, ha venido a eliminar la fase de lectura pública de casos clínicos, auténtico mercadillo de intercambio de favores donde, en muchas ocasiones, todo podía estar previamente decidido sin rubor alguno. Superada esa triste etapa somos conscientes de que, ante cualquier tentación de actuar de modo irregular en favor de un candidato, ya sólo queda el recurso al conocimiento previo del examen en detrimento del resto de los participantes. Sin duda alguna muchas de las distorsiones observadas se deben a este cambio, que algunos se niegan a aceptar.
Por lo tanto exigimos a la Consellería de Sanidad:
– Proceda a nombrar Presidente del Tribunal al suplente Dr. Francisco José Martí Canoves en sustitución del dimitido Dr. Armando Maruenda Paulino.
– Proceda a fijar una nueva fecha para la repetición de la oposición de la especialidad, con elaboración de un nuevo ejercicio y en el plazo mínimo de un mes.
Asimismo urgimos a la elaboración del Reglamento de los Colegios de Categorías/Especialidades, contemplados en el recientemente aprobado Decreto de Selección y provisión, para que en la Oferta Pública de Empleo 2017 los tribunales puedan ya ser elegidos por sorteo, entre profesionales voluntarios, y pueda establecerse además, por parte de estos órganos, la bibliografía aplicable en cada caso. Solo así completaremos nuestro proyecto de unas OPEs justas y limpias en donde se hagan realidad los principios de igualdad, mérito y capacidad.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (CESM-CV)