La hora 'extra' de la privada debe pagarse como la ordinaria de la pública


La Justicia ha dictaminado que los trabajadores de la red sanitaria concertada deberán cobrar las horas extraordinarias al mismo precio (y no a un precio inferior) que la hora ordinaria de trabajo. En este caso, como la sentencia afecta a dos trabajadores por sus jornadas de los años 2013 y 2014, se les deberá abonar además un diez por ciento más por intereses de mora, según confirma Metges de Cataluña (MC) en un comunicado del que se hace eco REDACCIÓN MÉDICA.


En concreto, será el Consorcio Asistencial del Baix Empordà quien deberá abonarles esas cantidades, después de que ambos superaran su jornada anual, que contempla un total de 1.826,27 horas.


Fuentes: REDACCIÓN MÉDICA, 13-09-2016

youtubeinstagram
Facebooktwitterlinkedinmail