La Confederación ya en mayo requirió a la Comisión Europea que haga cumplir en España la Directiva 1999/70, que prohíbe la sucesión abusiva de contratos
Casi la mitad de los médicos que trabajan en la sanidad pública tienen contratos temporales
♠ El encadenamiento de contratos en puestos necesarios incumple las normas de la UE
A raíz de las recientes sentencias del Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) contra el encadenamiento de contratos temporales sucesivos en puestos de trabajo que resultan necesarios para la continuidad de la actividad asistencial, y contra la discriminación por razón tipo de contrato, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), que agrupa a más de 50.000 facultativos de la sanidad pública, recuerda que el objetivo de la estabilidad y calidad del empleo de los médicos españoles es uno de sus líneas prioritarias de trabajo, tal como se refrendó en el XII Congreso que la organización celebró antes del verano.
CESM recordó entonces, y vuelve a hacerlo ahora, que a finales del pasado año alcanzó un acuerdo con el Ministerio de Sanidad en virtud del cual éste se comprometía a defender ante el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (en el que están representadas todas las CCAA) una serie de propuestas en dicho sentido.
Este compromiso se ha incumplido hasta la fecha, con el pretexto de que la anómala situación política del país no contribuye a ello, aunque la Confederación no comparte este criterio, pues entiende que hay un Gobierno, aunque sea en funciones, con legitimidad para llevar adelante el acuerdo, máxime cuando se trata de una cuestión social que concita un amplio consenso entre las principales partidos.
Alarmante y abusiva
La alarmante y abusiva utilización de los contratos temporales en el sector sanitario, que estos días se ha puesto particularmente de relieve tras las sentencias del TJUE, viene siendo denunciada reiteradamente por CESM desde hace años, y es necesario poner fin a la misma sin dilación.
Los datos hablan por sí solos: según la última edición del estudio “Situación laboral de los médicos en España”, elaborado por la OMC y CESM, el 41% de los médicos que trabajaban en 2015 en la sanidad pública sin plaza en propiedad lo hacían con contratos temporales de meses, semanas, incluso, de horas, con una media de más 7,64 contratos por año, el 19% de los cuales fueron inferiores a los seis meses. Además el 19,6% de los médicos en la sanidad pública llevaba entre 11 y 20 años contratado sin regularizar su situación contractual, y un 8% permanecía en este estado desde 20 o más años atrás.
De acuerdo con esa radiografía laboral, los contratos precarios más comunes son los de corta duración (menor a seis meses), que se dan en el 19,3% de los casos; seguidos de los contratos a tiempo parcial (7,8%) y de guardias (6%).
Se dan casos, en el contexto de guardias, en los que se puede contratar a un médico dos días a la semana durante 34 horas, prácticamente una jornada laboral semanal normal y sin embargo se cotiza a la Seguridad Social por él solo dos días porque se le da de alta y de baja expresamente para esa ocasión.
Cumplir las sentencias
Así pues, el dictamen de la Justicia europea no hace más que darnos la razón a CESM cuando nos quejamos insistentemente de que se está precarizando la profesión hasta límites intolerables, en un proceso que va de más a más desde que, con el pretexto de la crisis económica, comenzaron a recortarse (y seguimos en ello) las partidas económicas en gasto de personal.
En consecuencia, CESM exige cumplir con estas sentencias amparadas en el derecho comunitario, concretamente en la directiva europea 1999/70/CE, que prohíbe los abusos en la sucesión de contratos de temporalidad y la discriminación de los contratados temporales respecto a los fijos comparables..
España, por cierto, ya ha sido advertida por la Comisión Europea de que se expone a ser sancionada si no corrige el pr
oblema descrito. En relación con ello, no estará de más recordar que el pasado mes de mayo CESM, por mediación de la Federación Europea de Médicos Asalariados, acordó realizar un requerimiento formal a la Comisión Europea para que retome su presión al respecto. Dicho requerimiento se ha trasladado tanto a la Dirección General de Salud como a la de Trabajo, ambas dependientes de la Comisión Europea.
Está claro, en fin, que la aplicación de la norma española conocida como Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, aprobada en 2003, no respeta el derecho comunitario.
Para cumplir con la normativa comunitaria, y con la sentencias basadas en ella, CESM exige al Gobierno tres medidas muy concretas:
– Que modifique la legislación básica española para dar cumplimiento a la Directiva europea 1999/70/CE.
– Que se dote al SNS de plantillas reales y suficientes, es decir, acordes con las necesidades asistenciales.
– Que las ofertas de empleo afecten a todas las vacantes, lo que implica eliminar definitivamente las tasas de reposición.
Fuentes: CESM