El Supremo tumba las sentencias del Tribunal Superior e impone la jubilación a los 65 años

Finalmente, el Tribunal Supremo (TS) ha tumbado los argumentos, y con ello las sentencias, del TSJ de Castilla y León a favor de mantener en activo a los facultativos más allá de los 65 años -ver Boletín de CESM del día 9 de enero-. Solo en León, el sindicato CESM tenía setenta sentencias ganadas por médicos, que ahora pierden en casación -informa DIARIO MÉDICO (DM).

«Entre marzo de 2013 y marzo de 2016 en el Sacyl se jubilaron unas 400 personas, el 80 por ciento de estas pidió la prórroga en el servicio». José Luis Celemín, abogado de CESM-León, valora así el número de afectados por el portazo de la Sala Contenciosa del Tribunal Supremo a la prórroga en la actividad del médico con 65 años cumplidos. (…)

El último fallo con el que el Supremo ha apuntalado su jurisprudencia tiene fecha de 22 de diciembre de 2016 e insiste en lo que dijo, por primera vez, en una resolución de marzo del mismo año. Reconoce al gerente regional su competencia para comunicar al médico el cese de la actividad y, además, permite que esta decisión no venga suficientemente motivada, pues admite que el plan de ordenación contiene los razonamientos suficientes sin necesidad de concretar cada caso. De este modo, rechaza los dos argumentos principales con los que la Sala de Valladolid admitía la prórroga en el servicio activo. (…)

En definitiva, con esta resolución del Supremo la jubilación forzosa a los 65 años en el Sacyl se impone, sin dejar a penas resquicios legales para mantenerse en activo hasta los 70 años. «Aunque hay casos excepcionales como el liberado sindical», recuerda Celemín.

Fuentes: DIARIO MÉDICO, 10-01-2017

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