La Resolución de 20 de septiembre de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se reconoce el nivel de carrera profesional, por el procedimiento ordinario, a personal licenciado y diplomado sanitario del Servicio Aragonés de Salud, es hoy firme para la inmensa mayoría de los afectados. Sin embargo, según informa la asesoría jurídica de CESM-Aragón en un comunicado publicado en la web del sindicato, la Administración se ha limitado a ejecutar parcialmente el acto administrativo, y sólo ha hecho efectivo el nuevo nivel de carrera obtenido, pasando a abonarlo a partir de la nómina siguiente a la publicación de la citada resolución en el BOA, pero sin liquidar los atrasos derivados de los efectos económicos que expresamente establece, que no se han ejecutado y están pendientes de abono. “El problema radica en que el derecho a la percepción de esos atrasos no es discutible, ya está expresamente reconocido; por lo que no parece razonable reclamarlo de nuevo” -añade el Sindicato Médico.
En este contexto, la asesoría jurídica de CESM-Aragón sugiere que “la vía jurídica que procede es la de solicitar y requerir a la Administración para que ejecute el acto administrativo ya firme que dictó, en cuanto a los efectos económicos que expresamente reconoce”. Para aquellos afiliados que quieran asumir esta vía CESM-Aragón pone a su disposición un modelo de reclamación, en el entendimiento de que habrá de acudir al Juzgado obligatoriamente si en el plazo de un mes no es ejecutado el acto administrativo y el SALUD no paga los atrasos. El sindicato médico advierte asimismo, de que “dado que llevar el asunto ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo tiene costes económicos para los afectados, es por lo que el Sindicato ha obrado con prudencia, poniendo en conocimiento la situación a la afiliación”.
Fuentes: CESM-ARAGÓN, 20-02-2017