Desde el sindicato CESM-CV han informado este miércoles de la nueva instrucción que ha hecho llegar la Conselleria de Sanidad y Salud Pública por orden del subsecretario y la directora general de Recursos Humanos de la misma, mediante la cual no se autorizan días de vacaciones, días de libre disposición ni otros permisos o licencias que impliquen la ausencia del centro de trabajo.
La misiva se dirige a los órganos de gestión de personal de los Departamentos de Salud, Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y los centros de ella dependientes. Amparándose en que en las situaciones excepcionales como esta que se vive actualmente por el coronavirus, declarada como Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por la OMS, recuerda que esto obliga a las autoridades sanitarias a adoptar medidas extraordinarias con el fin de garantizar la protección de la población.
Precisamente con el fin de «garantizar en todo momento la cobertura de los servicios de nuestras Instituciones Sanitarias, de conformidad con la competencia atribuida por los artículos 18 y 19.3.2.c del Decreto 93/2018, de 13 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública», se dictan las siguientes cuatro instrucciones:
- No procederá autorizar el disfrute de días de vacaciones y de libre disposición, así como cualquier otro permiso o licencia que implique ausencia del centro de trabajo, con carácter temporal y mientras dure la situación derivada de la evolución del brote del COVID 19, a todo el personal, salvo supuestos especialmente justificados.
- En aquellos supuestos en que el órgano de gestión de personal considere que se debe autorizar por mediar causa justificada, se deberá respetar la necesaria cobertura de un mínimo del 70% del servicio al que pertenece dicho personal.
- Esta Instrucción será de aplicación a todo el personal de los servicios centrales y direcciones territoriales de Sanidad, centros de Salud Pública, Departamentos de Salud, Hospitales de crónicos y de larga estancia, Centros de transfusión de la Comunidad Valenciana, Servicios de Emergencias Sanitarias SES, y demás Servicios dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.
- Esta Instrucción desplegará su eficacia desde el día de su fecha y se mantendrá en tanto no se reciban nuevas instrucciones, afectando también a los permisos, vacaciones y licencias ya autorizadas a la fecha de la presente Instrucción.
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