¿Qué funciones harán los MIR contratados que superaron el examen y quién los supervisará?

No están claras sus funciones pero CESM recuerda que deben ser supervisados por un adjunto

Médicos residentes en una consulta

Entre la medidas que se incluyeron en la Orden SND/299/2020, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se regula la contratación de licenciados que superaron la puntuación mínima en los prueba MIR de 2018 que no obtuvieron plaza para la formación especializada y de 2019 que también superaron la puntuación mínima.

A estos médicos se les harán contratos de tres meses, prorrogables por otros tres como residentes según lo previsto en el RD 1146/2006.

Según la información de que disponemos, no están nada claras las funciones que realizarán, ni se va a especificar en el contrato y, al parecer, serán supervisados por el personal de Enfermería. Dado que el contrato es como R1 deberían tener una supervisión por un adjunto en el 100% de sus actuaciones.

Por todo ello, desde CESM se alienta a los sindicatos autonómicos a ponerse en contacto con las respectivas consejerías a fin de que aclaren cómo va a ser esta relación laboral, no aceptando ningún tipo de actividad que no sea supervisada por un adjunto.

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