CESM reclama que el contagio por COVID19 sea considerado enfermedad profesional

Ya tenían reconocida como enfermedad profesional la enfermedad causada por coronavirus adquirida en el ejercicio de su profesión

El ministro de Sanidad, Salvador Illa
Salvador Illa, ministro de Sanidad.

Desde la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) nos hemos dirigido al ministro de Sanidad, Salvador Illa, para reclamar un cambio de criterio en la clasificación del personal sanitario que se ha contagiado de coronavirus en el ejercicio de sus funciones.

El Gobierno, a través del Real Decreto-Ley 6/2020 y posteriormente con el Criterio 4/2020 del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ha determinado que se considerará toda situación de incapacidad temporal (IT) consecuencia del padecimiento de la COVID19 como contingencia común y que desde el INSS se transformará en accidente de trabajo únicamente a efectos retributivos. Esta instrucción será de aplicación para cualquier trabajador con independencia del sector en que desarrolle su actividad.

Conviene recordar que, con anterioridad a esta normativa, los profesionales sanitarios ya tenían reconocida como enfermedad profesional la enfermedad causada por coronavirus adquirida en el ejercicio de su profesión, circunstancia que no ha venido a corregir la Disposición Final Primera del RD-L 13/2020, que solo lo considera accidente de trabajo si se demuestra relación de causalidad con el ejercicio profesional.

Por todo ello, CESM solicita al Ministerio de Sanidad que realice las acciones oportunas para devolver a todas las profesiones sanitarias un derecho que se les ha quitado injustificadamente, y en un momento en que la COVID19 les está golpeando con gran intensidad y con numerosas defunciones, lo que agrava la magnitud del problema.

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