La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), a través de su Secretaría Técnica de Salud Laboral, está llevando a cabo en los últimos meses un detallado seguimiento de cuál es la situación de los profesionales afectados por COVID y de aquellos que padecen las secuelas del mismo para exigir un adecuado tratamiento de su situación laboral.
La enorme repercusión del COVID y del Síndrome Post-COVID (SPC) en población trabajadora sanitaria y población general, así como determinar cuánto y hasta cuándo estas limitaciones repercuten en su capacidad laboral, y cómo han condicionado la prolongación de la Incapacidad Temporal o dificultar, cuando no impedir, el retorno al trabajo, son el motivo de que CESM considere necesario efectuar el seguimiento de estos trabajadores en su retorno al trabajo con el objetivo de propiciar un retorno laboral saludable, eficaz y duradero.
Respecto al COVID, la Confederación recuerda que no cabe otra pretensión y objetivo que la declaración del mismo como Enfermedad Profesional en todos los casos en los que la presencia del SARS-COV2 sea un riesgo evidente en el puesto de trabajo.
Por otra parte, respecto al COVID persistente, se entiende como ‘Síndrome Post-COVID’ (SPC) la persistencia de síntomas 12 semanas (3 meses) después de superada la fase aguda de la COVID-19, una calificación que ya en 2019 la OMS aseguró que se incluiría con un código en la Clasificación Internacional de Enfermedades.
El SPC es una patología emergente con entidad propia, que condiciona la prolongación de las bajas por infección, dando lugar a limitaciones funcionales que perduran semanas o meses tras la misma, y que pueden ocasionar un retorno laboral dificultoso, por lo que se precisa un protocolo específico para la adecuada valoración de la incapacidad/capacidad laboral y de la aptitud. Protocolo que contemple una comunicación y estrecha colaboración entre los ámbitos laboral, prestacional y preventivo. Todo ello para coordinar la acción asistencial del médico (Atención Primaria y hospitalaria), con el INSS/Mutuas y los Servicios de Prevención de riesgos Laborales. Para ello es preciso diferenciar los diferentes ámbitos competenciales, así como promover la mayor coordinación entre instituciones y toma de decisiones y la mejor comunicación entre las partes.
En esta línea, también sería preciso realizar estudio de casos para conocer el impacto real en la salud laboral del SPC, que determinase cuánto, de qué manera y durante cuánto tiempo el SPC ocasiona incapacidad laboral, y como condiciona la aptitud laboral.
De igual manera es necesario contar con la perspectiva del paciente, eje central de toda atención sanitaria pública, mediante la realización de una encuesta en la población trabajadora que causó IT (Incapacidad Temporal) COVID y en cuánto el SPC afectó a su esfera laboral, personal y social.
Asimismo, es preciso elaborar un protocolo específico para la valoración de la capacidad/incapacidad laboral del Síndrome Post-COVID que determine una correcta valoración de las limitaciones funcionales y de la aptitud laboral en el momento de considerar el alta médica, evitando un retorno laboral no saludable y poco efectivo, o la controversia entre el alta médica y una declaración de no aptitud por el servicio de prevención. Por ello el protocolo de valoración de la capacidad laboral que reclama CESM es herramienta imprescindible en la gestión de la incapacidad laboral y en el retorno laboral saludable.
Este protocolo facilitaría la toma de decisiones cuando se valora la aptitud del trabajador y su capacidad laboral, siendo de aplicación tanto para médicos del Trabajo como para Atención Primaria e inspecciones médicas.
También se precisa un precoz diagnóstico del mismo, seguimiento de sus síntomas, atención médica y rehabilitación integral precoz, para su más temprana recuperación funcional por un equipo o unidad específica multidisciplinar.
Como soporte en la actuación en IT por COVID persistente están las Guías de Práctica Clínica, y en la Incapacidad Permanente, el INSS tiene su Manual de Actuación. Cuando las limitaciones -se entiende sin carácter incapacitante- están presentes en el momento del “alta médica” de la IT por COVID, la adaptación de las tareas y el “alta médica laboral parcial” es la mejor decisión para el trabajador con SPC, y a su vez la mejor forma de velar por la vigilancia de la salud.
Para todo ello se insta a la recogida de información tanto desde Atención Primaria e inspección médica como desde el ámbito de la Medicina del Trabajo y los datos de trabajadores que estuvieron en IT de forma prolongada.
Por tanto, desde CESM consideramos urgente y justa la adopción de las siguientes medidas:
1.- Creación de unidades multidisciplinares específicas.
2.- Establecimiento de un procedimiento y protocolos específicos que aborden tanto las necesidades asistenciales como sociales de los enfermos de COVID persistente.
3.- Realización de una encuesta al personal afectado por esta patología.
4.- Realización de un estudio de casos.
Todo esto para proteger y atender las necesidades de profesionales que han arriesgado su salud por mantener el servicio y lo han hecho en condiciones deplorables, sin protección y sin los medios necesarios.
Por todo lo anterior, CESM muestra su apoyo a las Asociaciones que trabajan y reivindican estas medidas con el objetivo de garantizar la salud, la atención a las necesidades y la justicia con profesionales y pacientes afectados.