El Sindicato Médico de Ceuta logra que el INGESA tenga que pagar la carrera profesional a un interino

Sentencia pionera que abre la puerta para que los interinos del Ingesa (tanto personal sanitario como no sanitario) puedan también percibir la carrera profesional

Concentración a las puertas del Hospital Universitario de Ceuta.

La sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía se ha pronunciado a favor del Sindicato Médico de Ceuta ante la demanda que interpuso en defensa de un médico interino a quien el INGESA se negó a pagar la carrera profesional pese a tenerla reconocida por ser personal no fijo, según ha publicado la prensa local.

El órgano sindical asumió la defensa del facultativo a través del abogado José Vázquez Ávila, quien presentó una demanda contra el INGESA a favor de la cual se ha pronunciado el TSJA, alegando que «debemos anular dicha resolución por no ser ajustada a Derecho, debiendo la Administración demandada dar trámite y resolver la reclamación formulada por la parte recurrente».

Según ha señalado el Sindicato Médico de Ceuta, se trata de una sentencia pionera, ya que abre la puerta para que los interinos del INGESA (tanto personal sanitario como no sanitario) puedan también percibir la carrera profesional, algo justo y ya reconocido por una Directiva de la Unión Europea y por el Tribunal Supremo en 2019, que dictó una sentencia en la que estableció que «el personal estatutario temporal tiene derecho a la carrera profesional porque esta forma parte de las condiciones de trabajo». Con esta sentencia se reforzó el derecho del personal interino al reconocimiento de la carrera profesional, con independencia de que los acuerdos firmados sobre el tema en las diferentes autonomías nacionales digan lo contrario en virtud de la normativa europea.

Dentro del reconocimiento de los distintos niveles que comprende la carrera profesional (4 en el INGESA) se tienen en cuenta los mismos criterios de evaluación en cuanto a méritos, formación, tiempo de servicio y compromiso con la organización de los aspirantes a los mismos, con independencia del contrato al que estén suscritos. De ahí que el sindicato sea favorable a que los médicos interinos, una vez tengan reconocido su nivel de carrera profesional, puedan percibirlo.

Por último, el Sindicato Médico de Ceuta desea que esta novedosa sentencia permita a los interinos percibir la carrera profesional y que el INGESA rectifique ante esta situación discriminatoria para el numeroso colectivo de interinos, sin esperar a que sus trabajadores tengan que recurrir a los tribunales para que se les reconozca este derecho, amparado por el Tribunal Supremo y la Unión Europea.

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