CESM Galicia se posiciona ante las sentencias sobre carrera profesional del TSJ de Galicia y Tribunal Supremo

Ofrecen su Asesoría Jurídica a quienes lo necesiten para presentar reclamaciones

Fachada del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

Desde CESM Galicia han querido emitir un comunicado en el que se posicionan a raíz de las últimas sentencias judiciales sobre la Carrera Profesional para todo el personal vinculado al SERGAS:

En días pasados se ha dictado Sentencia por parte del Tribunal Supremo ratificando otra anterior del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia sobre un Recurso Contencioso-Administrativo promovido por Comisiones Obreras, sindicato no firmante del Acuerdo de Carrera Profesional, que condenaba al SERGAS a incluir en el ámbito de aplicación de dicha Carrera a todo el personal vinculado al SERGAS, independientemente de la naturaleza o duración del vínculo laboral.

En primer lugar y ante todo manifestamos nuestra mayor satisfacción y alegría por esas sentencias que van a permitir que todos los profesionales, en igualdad de condiciones, accedan a los beneficios derivados de la Carrera Profesional. Pero partiendo de esta base queremos y debemos hacer las siguientes puntualizaciones:

  1. – Para que pudieran dictarse esas sentencias era preciso que en su momento fuese aprobada y entrase en vigor la Orden de la Consellería de Sanidade de 20 de Julio de 2018 por la que se publicaba el Acuerdo de Bases de la Carrera Profesional. No podemos olvidar que todas las reclamaciones anteriores a la aprobación de ese Decreto fueron denegadas por los Tribunales en base a que en Galicia no había Régimen Ordinario de Carrera Profesional.
  2. – Si CESM-Galicia, y otras organizaciones sindicales, no hubiesen firmado ese Acuerdo seguiríamos, sin duda, sin Régimen Ordinario de Carrera y seguirían siendo negativas todas las sentencias que ahora son positivas, al no existir regulación y normativa contra la que recurrir.
  3. Está claro que gracias a esa firma de CESM-Galicia y otros sindicatos existe la Carrera Profesional para todos, aunque algunos la hayan tenido que conseguir por sentencia judicial.
  4. – Las organizaciones sindicales no firmantes del Acuerdo deberían reconocer que si pudieron presentar su reclamación, y ganarla, es gracias a que existía ese Acuerdo y la Orden de la Consellería de Sanidade que lo desarrolla, y para ello fue necesaria la firma de CESM-Galicia y las otras organizaciones firmantes.
  5. – Si CESM-Galicia hubiera adoptado la postura de los sindicatos no firmantes no se podría haber planteado ninguna reclamación y por tanto la Carrera Profesional no existiría para muchos, con el consiguiente perjuicio económico para los compañeros y con un importante ahorro para el SERGAS.
  6. – Es obvio que al firmar el Acuerdo CESM-Galicia dejó abierta la puerta para que interinos y eventuales pudiesen presentar, y ganar, las reclamaciones judiciales.

Reiteramos nuestra satisfacción por este importante logro en los Tribunales que permitirá que todos los Facultativos y demás sanitarios accedan a la Carrera Profesional en igualdad de condiciones, con una importante mejora en sus retribuciones y en su situación profesional.

Desde CESM-Galicia ponemos a disposición de los que lo precisen nuestra Asesoría Jurídica para ayudarles en las posibles reclamaciones que se pudieran plantear si el SERGAS no aplica de oficio, como debería, los términos de la sentencia.

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