El texto será finalmente un Real Decreto-ley y CESM ha hecho propuestas en cuanto a la interinidad y a la eventualidad, tanto de nomenclatura como de discusión entre los distintos tipos de contratos.
Cómo ha afectado la pandemia a las residencias, los seguros de responsabilidad civil en la era COVID19 o cómo ha afectado a las agresiones, entre los temas que se tratarán.
Piden medidas urgentes y prioritarias, entre las que se encuentran contratar más médicos y garantizar unas condiciones laborales dignas para que puedan prestar la mejor atención sanitaria.
Señala que la falta de la especialidad es un elemento que distorsiona la correcta planificación de necesidades de médicos del SNS, en especial de la Atención Primaria.
Recuerda que es necesario un abordaje de la realidad del modelo de Formación Sanitaria Especializada, donde las soluciones a corto plazo no son efectivas.
Han quedado sin adjudicar 218 vacantes, la mayoría en Medicina de Familia, a las que se sumarán las que queden desiertas, una situación de la que ya advirtió CESM.
En casi la totalidad de países el servicio en el puesto laboral se ha deteriorado en los últimos 10 años, principalmente debido a la excesiva carga de trabajo.
La existencia de ciertas instalaciones, como cafetería o restaurante en el hospital, un gimnasio o una sala de guardia tranquila y que permita el descanso facilitan la prevención.
Aumentar la financiación en Sanidad al menos en 10.000 millones más anualmente y la planificación de las necesidades de facultativos, entre las reivindicaciones.
Matizan que al firmar el Acuerdo de Bases de 2018 CESM-Galicia dejó abierta la puerta para que interinos y eventuales pudiesen presentar, y ganar, las reclamaciones judiciales.
La Cámara baja ha aprobado un PNL de Ciudadanos en este sentido con los votos a favor de la formación naranja, Partido Popular, Vox, Grupo Plural y Grupo Mixto.
Será un concurso de méritos por una sola vez y con carácter excepcional, donde se ofertarán todas aquellas plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
Denuncian que están restringiendo la presencia de sindicatos ampliamente representativos en el ámbito público en una aplicación errónea y distorsionada del artículo 36.3. del EBEP.
La explicación de la incidencia en el sistema del 10 de mayo refleja que sí era posible por tiempo hacer esa adjudicación reducida como solicitaba el sindicato.