La situación para los profesionales mayores de 55 años que quieran acogerse a la exención de realizar guardias está así, según los datos de CESM:
Puedes acceder a la tabla aquí.
La situación para los profesionales mayores de 55 años que quieran acogerse a la exención de realizar guardias está así, según los datos de CESM:
Puedes acceder a la tabla aquí.