El pasado 2 de julio el Consejo de Ministros aprobaba una reivindicación histórica de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) como es la creación de la especialidad de Urgencias y Emergencias, dejando de ser uno de los únicos 3 países europeos que todavía no la tenían reconocida. En este sentido, CESM recordaba el beneficio que esto supondría para pacientes y profesionales, y apuntaba al reto de mejorar las condiciones laborales de los facultativos como siguiente paso necesario.
Sin embargo, con la publicación del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, han surgido numerosas dudas en cuanto a los plazos de entrada en vigor o solicitud, los requisitos necesarios para solicitarlo, cómo se articulará dependiendo de la vía elegida o qué órganos serán los responsables.
Para ayudar a resolver todas estas dudas, desde CESM se ha elaborado y completo documento en el que exponen todo lo recogido en el RD aprobado el 2 de julio que puedes consultar aquí.
Decreto Urgencias y Emergencias