“Profundo malestar y preocupación por el proyecto de RD de Especialidades”

Tomás Toranzo

Presidente de CESM y secretario general de CESM CYL

Las propuestas son inaceptables para el sindicato

Tomás Toranzo

El proyecto de Real Decreto que está proponiendo el Ministerio de Sanidad, con el que se pretende regular la formación transversal en las especialidades en ciencias de la salud, las áreas de capacitación específica y el procedimiento de creación de títulos de especialista en ciencias de la salud, está causando un profundo malestar y preocupación en todos los ámbitos profesionales.

De su lectura se saca, como primera conclusión, la voluntad de las distintas administraciones de controlar al máximo tanto el ejercicio profesional como el establecimiento de competencias y la forma de adquirirlas. Dejan el principio de la autorregulación profesional, base del profesionalismo médico, en una auténtica quimera. Hay una excesiva desconfianza en la profesión y en las organizaciones que la representan, cuyas opiniones quedan en este proyecto en un mero trámite procedimental. Es puro intervencionismo más propio de otras latitudes que nos retraen a épocas pasadas. Lamentablemente, así no vamos a ningún sitio.

No queremos entrar en cuestiones de legalidad; sería una discusión gratuita, porque hoy día sabemos que los informes de la Abogacía del Estado dan para justificar cualquier proyecto o propuesta del Gobierno, por atrevida que sea; pero, a tenor de todos los informes de que disponemos, el proyecto en cuestión hace una lectura muy innovadora -por ser respetuosos con la terminología- con la interpretación que hasta ahora se hacía de la ley 44/2003 de Ordenación de la Profesiones Sanitarias (LOPS). Así, según ellos, esta novedosa propuesta sería congruente con lo regulado en la ley y no habría, al menos, impedimento legal para su implantación. Ya veremos al final, si esto sigue adelante, qué dicen, por un lado el Consejo de Estado y, en último término, los tribunales de justicia, sin olvidar que tampoco se compadece mucho con lo establecido en las Directivas Europeas aplicables al caso.

Formación transversal

Una de las innovaciones es lo referente a la formación transversal que, aunque ya existe en algunas CC.AA., no deja de ser, como su propio nombre indica, una formación nada especializada y que, contrariamente a lo que dice el proyecto, en ningún momento está prevista en el Capítulo III de la LOPS, donde se regula la formación especializada en Ciencias de la Salud. No hay que confundirla con la formación troncal, aquella que deben compartir determinadas especialidades cuando se agrupen en un tronco común.

Resulta paradójico que, por un lado, muchas Comisiones Nacionales de especialidades estaban pidiendo aumentar los años de formación especializada ante la complejidad creciente de los programas docentes y, ahora, vamos a dedicar tiempo y recursos a competencias propias de la profesión que se deben adquirir durante el paso por la Universidad y completar a través de la formación continuada. La formación transversal no es formación especializada, que es de lo que trata este proyecto.

De las áreas de capacitación específica

Este es el apartado más polémico y transgresor de lo que hasta ahora entendíamos que era la superespecialización. “Las áreas de capacitación específica abarcan el conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes, añadidos en profundidad o en extensión, a los exigidos por el programa oficial de una o varias especialidades en Ciencias de la Salud, …”. Así rezaba el artículo 16.1 del malogrado RD 639/2014.

Pues bien, ahora se ha cambiado el criterio y resulta que se puede acceder a la superespecialización antes de haber acabado la especialización. Sí, por asombroso que parezca, el procedimiento ordinario de acceso a la superespecialización va a ser desde el tercer año de residencia de la especialidad, o especialidades donde se cree ese Área de Capacitación Específica (ACE). El acceso desde la especialidad ya terminada, e incluso después de haberla ejercido unos años, a partir de ahora será un procedimiento extraordinario que, además, solo estará disponible durante un periodo transitorio de siete años inmediatamente posteriores a la aprobación de este proyecto (Disposición Adicional Única del mismo). Se acaba así con la posibilidad de acceder a la superespecialización después de haber cursado una especialidad completa. Vamos, un despropósito incalificable que, además, impedirá que algunas especializaciones sean homologables y reconocidas en la Unión Europea.

«Por la vía de los hechos hemos llegado a transferir a las CCAA la gestión de todos los procesos de la formación sanitaria especializada que hasta ahora era competencia exclusiva del Estado»

A nuestro juicio, todo esto no casa con la legalidad, ni con las exigencias de la Directivas Europeas; ni con el sentido común, ni con la realidad del ejercicio profesional, ni con las exigencias de calidad del SNS y las necesidades de los pacientes; ni con nada. Bueno, con nada, no. Quizás, leyendo quiénes pueden proponer la creación de las ACEs encontremos la explicación a esta estrafalaria propuesta.

Resulta que las ACEs se podrán promover, de oficio, por las CC.AA; y como en la propuesta de creación de las ACEs se debe recoger –además de la denominación, de los fundamentos científicos, de la definición del área de actuación y funciones de sus especialistas y la justificación de las especialidades que dan acceso– la propuesta de programa formativo específico y la adaptación de los programas docentes de las especialidades de acceso, las guías e itinerarios formativos, su duración y la propuesta de evaluación de competencias, pues por la vía de los hechos hemos llegado a transferir a las CC.AA. la gestión de todos los procesos de la formación sanitaria especializada que hasta ahora eran competencia exclusiva del Estado.

Si a esto le añadimos la exigencia de algunas CC.AA. de asumir  la homologación de títulos de extranjeros, de médico y de especialistas, y la disposición a ello del Gobierno Central, se acaba de un plumazo con la igualdad en el acceso a la formación especializada, con la homogeneidad de formación y con la calidad y prestigio de un sistema de formación que ha proporcionado especialistas altamente cualificados y reconocidos, dificultando su movilidad, tanto dentro del propio SNS, como en los países de la Unión Europea, a la vez que se dificulta enormemente su desarrollo profesional.

También se ha comentado que una de las razones que planean por encima del proyecto es puramente economicista, tratando de quitarse de encima los costes que por el sistema de residencia implicaría la superespecialización, según la entendíamos hasta ahora. Tampoco nos extrañaría.

En cualquiera de los casos, todas estas propuestas son inaceptables y esperemos que no sean más que un globo sonda. Pues ya han visto la reacción de la profesión que no está dispuesta a mirar para otro lado. Es mucho lo que nos jugamos, profesionales y ciudadanos para quedarnos de brazo cruzados.

Por último, se echa en falta que no se aproveche el proyecto para aprobar la creación de determinadas especialidades sobre las que había consenso y que ya figuraban en el anulado RD 639/2014 y aquellas otras ya implantadas en la gran mayoría de países de la Unión Europea y que cuentan con alto respaldo profesional, social e institucional.

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