CESM pide pasar la gestión de las IT de asintomáticos a la Medicina de empresa o mutuas para descargar de trámites administrativos a Atención Primaria

Se ha enviado carta al ministro Escrivá

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha enviado este viernes una carta al ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, para reclamar soluciones que permitan poner fin al colapso que está sufriendo el primer nivel asistencial con la excesiva carga burocrática que supone la gestión de altas y bajas laborales que requieren los positivos por COVID asintomáticos.

Tras un detenido análisis del marco normativo de aplicación, desde CESM se ha enviado la propuesta para que se adopte una medida que ayudará a paliar la situación de sobrecarga por la que atraviesan los médicos de Atención Primaria en su jornada laboral con estas tramitaciones. Se trata de que, con una correcta aplicación de las normas en materias de gestión y control de los procesos por incapacidad temporal -Real Decreto 625/2014, de 18 de julio y Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla la anterior- la emisión de los partes de baja y alta de aquellos trabajadores positivos en COVID19 que no presenten síntomas o cuyos síntomas son muy leves pero deben permanecer aislados durante 7 días, se realice por los facultativos de las mutuas o servicios de prevención de riesgos laborales, dado que dicha situación, al objeto de proteger la salud pública, es una asimilada al accidente de trabajo exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social.

En estos casos, la intervención del facultativo del Servicio Público de Salud no se produciría -salvo empeoramiento de los síntomas que hiciera precisa la prestación de asistencia sanitaria-, aliviando de una manera importante la carga soportada por la Atención Primaria y permitiendo al mismo tiempo la atención de aquellos pacientes que no admiten demora.

La Confederación considera mejor y más conforme con la norma esta solución que la que en estos días están adoptando algunas comunidades autónomas, que están autorizando la emisión de un parte de baja y alta en un mismo acto para el citado periodo de 7 días de aislamiento, pese a que el artículo 3.2. de la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, sólo lo permite para aquellos procesos de duración muy corta que la propia norma en su artículo 2.1 a) establece en 5 días. En este sentido, la aplicación que se está sugiriendo desde el ministerio supone una vulneración de la normativa vigente y una incitación a la comisión de un delito por falsedad en documento público.

Por último, CESM reitera la necesidad de que, en caso de que se descarte esta opción propuesta, se articulen las medidas necesarias conforme a la norma para poder resolver el grave problema que afecta actualmente al sistema público de salud, que es el colapso en la Atención Primaria, motivado no tanto por una cuestión asistencial sino por el importante problema de salud pública que supone la pandemia. No podemos permitirnos alargar más en el tiempo esta situación que afecta a unos profesionales agotados que se ven incapaces de prestar la asistencia sanitaria que requieren sus pacientes.

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