Juriscesm celebra reunión marcada por el repaso a las actuaciones por el devenir de la pandemia

En el marco del IV Congreso de Derecho Sanitario en Valencia

Momento de la reunión de Juriscesm en Valencia.

El pasado 1 de octubre, coincidiendo con el IV Congreso de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana, la plataforma jurídica Juriscesm celebró un encuentro en la ciudad de Valencia a la que acudieron los responsables de las asesorías jurídicas de los sindicatos autonómicos confederados en CESM para abordar diversos temas de actualidad para la profesión médica.

Los asistentes llevaron a cabo un repaso de las actuaciones ejercidas por las asesorías jurídicas de los respectivos sindicatos médicos en cuanto a la gestión de la situación vivida por la pandemia de COVID19 por parte de los diferentes servicios de salud, algo que en algunos casos ha dado lugar a sentencias en las que se requirió a la Administración para que proporcionase a los empleados públicos sanitarios los equipos de protección individual adecuados por los riesgos de exposición ante el agente biológico virus SARS-CoV2 y el riesgo de contraer la enfermedad COVID19.

Además, se analizó el abuso de temporalidad en el que incurren las Administraciones Públicas y el derecho de este tipo de personal a la Carrera Profesional.

Respecto a las guardias localizadas, en la reunión de Juriscesm se llegó a la conclusión de que no hay una regulación básica en cuanto al máximo mensual, lo que conlleva que se produzcan situaciones de «abuso» por parte de algún servicio de salud, por lo que desde CESM se ha acordado plantear estrategias de mejora.

Del mismo modo, se repasó la situación actual del cobro de las guardias y de los complementos en situaciones de riesgo por embarazo, prestación por maternidad y lactancia.

El encuentro de los responsables jurídicos de los sindicatos de la Confederación concluyó con un emplazamiento para el mes de noviembre en Madrid, ya que además de avanzar en los aspectos mencionados se retomará el proyecto de CESM respecto a las jubilaciones anticipadas de los médicos a partir de los 60 años sin merma retributiva.

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