Según publica el diario El Comercio, una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Oviedo ha dado la razón a una médica con un contrato temporal en el Servicio de Salud del Principado (Sespa), a la que reconoce el derecho de percibir los complementos correspondientes al primer grado de la carrera profesional. Pese a contar con cinco años de experiencia laboral, el Sespa la excluyó de la convocatoria de abril del 2018 «por no figurar contratada durante cinco días», según refiere el Sindicato Médico (Simpa), cuyos servicios jurídicos se ocuparon de la representación legal de la facultativa. «Se da la circunstancia de que estos cinco días se produjeron con posterioridad al plazo máximo que el Sespa tiene para resolver la convocatoria, y son los que mediaban de pasar de un contrato temporal a otro contrato temporal», anotan fuentes del Simpa.
La sentencia ha dejado claro en su exposición de motivos que «partiendo del hecho de ser la carrera profesional un derecho del trabajador a progresar, el mero hecho de haber estado cinco días sin contrato laboral no puede determinar que la demandante no cumpla con el resto de los presupuestos exigidos y que evidencia su derecho a obtener tal reconocimiento del grado I, entre ellos el referido a contar con cinco años de ejercicio profesional, y siendo además el objetivo final de tal estructura de carrera profesional la motivación del personal así como la mejora en la gestión de los servicios sanitarios, lo cual no se ve afectado por el reconocimiento de grado I que se realice a dicha trabajadora».